Las empresas van a tener que realizar muchas adaptaciones a su actividad con motivo del desconfinamiento. Estos cambios irán dirigidos a seguir ofreciendo la calidad en los servicios y productos a los clientes. Pero también será necesarios ajustes dentro del ámbito empresarial para garantizar las condiciones de seguridad laboral dentro del escenario que has establecido la pandemia del coronavirus.
En este punto resulta imprescindible contar con una especial vigilancia en la adopción de las medidas preventivas y el cumplimiento de estas para evitar contagios. Este aspecto resultará clave para la producción de nuestro negocio, para la comodidad y seguridad de los trabajadores y para que el proceso de desconfinamiento se haga de manera eficaz.
Una de las cuestiones que plantea más dudas es el papel de las administraciones públicas en cuanto a las medidas de seguridad laboral y su cumplimiento durante el confinamiento. Para analizar este punto primero vamos a analizar las recomendaciones establecidas en PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN ALSARS-CoV-2 que ha elaborado el Ministerio de Sanidad.
En uno de los primeros párrafos establece que los servicios de prevención de riesgos laborales (SPRL) están llamados a cooperar con las autoridades sanitarias, adaptando su actividad y recomendaciones con el objetivo general de limitar los contagios de SARS-CoV-2. Será necesario establecer un plan de prevención para conseguir implantar las medidas necesarias que recomienda esta administración pública.
Entre varias medidas podemos encontrar la de la intensificación de la higiene concretada sobre todo en el lavado de manos, pero que también hace referencia a la limpieza del lugar de trabajo y la desinfección de este tras su uso. Otras medidas necesarias para garantizar la seguridad laboral tras el desconfinamiento son la distancia de seguridad de dos metros y el uso de equipos de protección.
El papel de las administraciones publicas en el cumplimiento de las medidas de seguridad
Otras recomendaciones son los ajustes en los horarios de trabajos para establecerlos de maneras escalonadas para evitar aglomeraciones, así como realizar las oportunas formaciones para contribuir a la seguridad del trabajador. El papel de la administración pública parece no ir más allá de las meras recomendaciones por lo que se puede apreciar en este documento.
Pero ¿existe alguna manera de controlar el cumplimiento de estas recomendaciones a las empresas por parte de la administración pública?
Según el artículo 16.1 de la Lay de Prevención de Riesgos Laborales “La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales” Y en el caso actual se deberá realizar un pan en todas sus fases.
En todo caso según el artículo 40 de la misma ley se indica que “Los trabajadores y sus representantes podrán recurrir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el empresario no son suficientes para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo”.
De esta manera a pesar de que el Ministerio de Sanidad establece sólo recomendaciones los empresarios deberán seguir velando por la salud de sus trabajadores. Se sigue manteniendo una labor fiscalizadora por la administración pública por parte de las Inspecciones de Trabajo para garantizar las condiciones necesarias para la seguridad laboral articuladas por los planes de prevención de riesgos laborales.
Por ello resulta muy importante contar con los servicios para localizar riesgos y realizar medidas de prevención de una empresa como Preven Ir. Es la mejor manera de conseguir la seguridad en el trabajo y evitar contagios durante el desconfinamiento.